En este post voy a ser práctico. Intentaré desmenuzar las diferentes gestiones que tienen que hacer los padres (generalmente el padre) después de tener un hijo.
1. Lo primero y principal es el alta del bebé en el registro civil,es decir, solicitar el certificado de nacimiento, porque sin ello no se pueden hacer el resto de gestiones. Cuando den de alta a la madre, en el hospital, os tienen que haber entregadoun papel amarillo en el que certifican el nacimiento de vuestro hij@. Con este papel debeis dirigiros al registro civil de vuestra localidad (en mi caso, en Fuenlabrada, el registro está en el edificio de los Juzgados en la C/ Rumanía, 2). Os aconsejo que vayais a primerísima hora, antes de que abran, para coger la vez porque hay unas colas impresionantes. Teneis que llevar ese papel, el libro de familia y fotocopia de los DNI de los padres. Os harán rellenar una solicitud y en pocos minutos os lo inscriben y lo hacen constar en vuestro libro de familia.
Una vez que hemos registrado a nuestro hij@ ya podemos hacer todo lo demás. Yo os pongo el orden en el que yo lo hice. Armaos de paciencia porque tardaréis mínimo dos o tres días para hacer todo el papeleo (eso si no vais a algún sitio, os falta algo y teneis que volver otro día como me pasó a mí).
2. Pedir en Hacienda las deducciones por nacimiento y maternidad. Esto, para entendernos, es los 2.500 euros a fondo perdido del Gobierno y la deducción de 100 euros mensuales de Hacienda. Para ello debeis ir a una oficina de la Agencia Tributaria (aquí podeis buscar la más cercana) y rellenar el modelo 140 si la madre trabaja. Si la madre no trabaja tendrá que presentar el modelo 141 que es solo para los 2.500 ya que no tienen derecho a deducción de IRPF. Este trámite es muy rápido, no teneis que presentar ningún otro papel y en unos 15 días tendreis los 2.500 euros ingresados en vuestra cuenta y a partir del mes siguiente os irán ingresando los 100 euros mensuales (creo que es durante 3 años, aunque no creais que esto lo regalan porque luego tendreis que declararlo).
A mi se me fue un día entero solamente en estas dos gestiones.
3. Lo siguiente que hice fue el empadronamiento y la solicitud del cheque-bebé de la Comunidad de Madrid. Cada comunidad tiene su cheque, en Madrid es un solo pago de 100 euros (una miseria) y luego algunos ayuntamientos también dan una subvención (en algunos casos llegan hasta los 3.000 euros) para incentivar la natalidad. El de Fuenlabrada no da nada porque si hay algo que no falta son niños. Para estos trámites teneis que ir al Ayuntamiento de vuestra localidad y necesitaréis fotocopia del DNI y certificado de empadronamiento de la madre y original y fotocopia del libro de familia (aquí podeis verlo).
4. Después de todo esto hay que dar de alta al niñ@ en la Seguridad Social como beneficiario de los padres. Para ello teneis que dirigiros a una oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social (no Tesorería. Si vivís en Fuenlabrada teneis que ir a Leganés, a la C/Dos de Mayo). Aquí se montan también grandes colas, abren a las 9, os aconsejo estar a las 8.15 h. Además aquí también es donde debeis solicitar la baja por maternidad y por paternidad.
Para la inscripción del niño en la Seguridad Social os harán rellenar una ficha, luego con esa ficha sellada tendreis que acudir a vuestro centro de salud para solicitar pediatra y para que le tramiten su tarjeta sanitaria. Para las bajas de maternidad y paternidad teneis que rellenar dos formularios y presentar los siguientes documentos:
– Maternidad: además de la solicitud de maternidad, informe de maternidad (que le tiene que dar a la madre su médico de cabecera cuando la de el alta), original y fotocopia del libro de familia, original y fotocopia de la última nómina y original y fotocopia del DNI de la madre. Aquí teneis más información.
– Paternidad: además de la solicitud de paternidad, original y fotocopia DNI, original y fotocopia del libro de familia, certificado de retenciones de IRPF (si se es autónomo además hay que presentar los 3 últimos recibos). Los que coticen en el régimen especial de autónomos además tendrán que presentar una declaración de situación de la actividad.
Y me parece que eso es todo (que no es poco…). Espero que os sirva de ayuda, porque son muchas cosas (si se me ha olvidado alguna espero que me lo digais) y en muchos casos los padres no saben todo lo que tienen que hacer. A mí me hubiese gustado que me lo hubieran explicado así.
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